Trámites
Trámites Red Salud Armenia ESE
1. Recibo de nómina (desprendible de pago)
- Pertenece al procedimiento misional
- No tiene normatividad que le aplique
- No tiene costo
- No hay formato establecido para la solicitud, se puede hacer personalmente en la oficina de Talento Humano en el Hospital del Sur.
2. Copia de Historias Clínicas
- Pertenece al proceso Gestión sistemas de información / Gestión Documental / Control Salida Historias Clinicas
- Normatividad que le aplica:
* Ley 23, Artículo(s) 34-36, Año 1981
* Ley 100, Artículo(s) Todos, Año 1993
* Ley 594, Artículo(s) Todos, Año 2000
* Ley 1437, Articulo(s) Todos, Año 2011
* Resolución 1195, Artículo(s) 14, Año 1999
* Ley 100, Artículo(s) Todos, Año 1993
* Ley 594, Artículo(s) Todos, Año 2000
* Ley 1437, Articulo(s) Todos, Año 2011
* Resolución 1195, Artículo(s) 14, Año 1999
- No tiene costo.
- Formato establecido para la solicitud de la copia de historia clínica a título propio: Descargar
- Formato establecido para la solicitud de la copia de historia clínica por un tercero con autorización escrita: Descargar
- La solicitud se debe realizar personalmente en la ventanilla de correspondencia del Hospital del Sur.
- Horario:
Lunes a jueves 07:00 am a 12:00 m y 02:00 pm a 06:00 pm
Viernes 07:00 am a 12:00 m y 02: 00 pm a 05: 00 pm
Viernes 07:00 am a 12:00 m y 02: 00 pm a 05: 00 pm
- Si la persona va a solicitar la copia de la historia clínica propia, debe anexar copia de la cédula de ciudadanía.
- Si la persona va a solicitar la copia de la historia clínica de otra persona, debe anexar copia de la cédula de ciudadanía propia y del titular y autorizacion escrita del titular.
- Si la persona va a solicitar la copia de la historia clínica de una persona fallecida, debe anexar copia de la cédula de ciudadanía del solicitante, registro civil del fallecido y copia del acta de defunción. NOTA: Solo puede ser reclamado por los padres o hijos.
- Si la persona va a solicitar la copia de la historia de un menor de edad, se debe anexar copia de la cédula de ciudadanía del solicitante, registro civil del titular. NOTA: Solo puede ser reclamado por los padres.
3. Citas médicas
- Pertenece al proceso Gestión Ambulatoria / Consulta Externa
- Normatividad que le aplica:
* Ley 23, Artículo(s) 34-36, Año 1981
* Ley 100, Artículo(s) Todos, Año 1993
* Ley 594, Artículo(s) Todos, Año 2000
* Ley 1437, Articulo(s) Todos, Año 2011
* Resolución 1195, Artículo(s) 14, Año 1999
* Ley 100, Artículo(s) Todos, Año 1993
* Ley 594, Artículo(s) Todos, Año 2000
* Ley 1437, Articulo(s) Todos, Año 2011
* Resolución 1195, Artículo(s) 14, Año 1999
- No tiene costo.
- La solicitud se debe realizar personalmente en asignación de citas de cada Centro de Salud.
- El horario corresponde al establecido en cada Centro de Salud y el Hospital del Sur.
4. Comprobante de pago de proveedores
- Pertenece al proceso Gestión Financiera
- No hay normatividad que le aplique
- No tiene costo
- La solicitud se debe realizar personalmente en el Área Financiera en el Hospital del Sur.
5. Certificado Laboral
- Pertenece al proceso Pertenece al proceso Gestión del Talento Humano
- Normatividad que le aplica:
* Código Sustantivo del Trabajo, Artículo 57, Numeral 7
- Tiene un costo de mil quinientos pesos ($1.500), los cuales se deben cancelar en la Tesorería de la ESE.
- Se debe realizar una carta de solicitud del certificado y radicarla en la ventanilla de correspondencia.
- Al momento de radicación de la carta, debe incluir una estampilla Prodesarrollo y una Prohospital, cada una por un valor de dos mil doscientos pesos ($2.200)
- Horario:
Lunes a jueves 07:00 am a 12:00 m y 02:00 pm a 06:00 pm
Viernes 07:00 am a 12:00 m y 02: 00 pm a 05: 00 pm
Viernes 07:00 am a 12:00 m y 02: 00 pm a 05: 00 pm
- La solicitud se debe realizar personalmente en la ventanilla de correspondencia del Hospital del Sur.
6. Certificado de retención en la fuente
- Pertenece al proceso Gestión Financiera
- Normatividad que le aplica:
* Decreto 624, Artículo(s) 381, Año 1989
- No tiene costo
- La solicitud se debe realizar personalmente en el Área Financiera en el Hospital del Sur.
7. Peticiones, quejas, reclamos y denuncias (PQRD)
- Pertenece al proceso Gestión de sistemas de información / SIAU / Atención PQRS
- Normatividad que le aplica:
* Constitución política de Colombia
* Ley 190 de 1995
* Ley 388 de 1997
* Ley 489 de 1998,
* Ley 962 de 2005
* Código Contencioso Administrativo
* Ley 190 de 1995
* Ley 388 de 1997
* Ley 489 de 1998,
* Ley 962 de 2005
* Código Contencioso Administrativo
- No tiene ningún costo
- Se puede realizar de las siguientes formas:
* Presencial: En los buzones de quejas y reclamos ubicados en el Hospital del Sur y los Centros de Salud de Red Salud Armenia ESE.
* Digital: A través de la Página web www.redsaludarmenia.gov.co en el link de servicio al ciudadano o directamente en http://www.redsaludarmenia.gov.co/v2/denuncia-quejas.htm
* Digital: A través de la Página web www.redsaludarmenia.gov.co en el link de servicio al ciudadano o directamente en http://www.redsaludarmenia.gov.co/v2/denuncia-quejas.htm
- Horario:
* Presencial:
Lunes a jueves 07:00 am a 12:00 m y 02:00 pm a 06:00 pm
Viernes 07:00 am a 12:00 m y 02: 00 pm a 05: 00 pm
* Digital:
Las 24 horas del día, los 7 días de la semana
Lunes a jueves 07:00 am a 12:00 m y 02:00 pm a 06:00 pm
Viernes 07:00 am a 12:00 m y 02: 00 pm a 05: 00 pm
* Digital:
Las 24 horas del día, los 7 días de la semana
- Formato para realizar una PQRS: Descargar
8. Obtención de Registro civil de nacimiento
- Pertenece al proceso Gestión Financiera
- Normatividad que le aplica:
* Resolución 802, Artículo(s) todos, Año 2002
* Ley 1395, Artículo(s) 118, Año 2010
* Ley 1098, Artículo(s) todos, año 2006
* Ley 962, Artículo(s) 77, año 2005
* Decreto Ley 1260, Artículo(s) 5, 44 al 66, año 1970
* Decreto 999, Artículo(s) 1, Año 1988
* Decreto 2158, Artículo(s) 10, Año 1970
* Circular 06, Artículo(s), todos, Año 1997
* Decreto 624, Artículo(s) 381, Año 1989
* Ley 1395, Artículo(s) 118, Año 2010
* Ley 1098, Artículo(s) todos, año 2006
* Ley 962, Artículo(s) 77, año 2005
* Decreto Ley 1260, Artículo(s) 5, 44 al 66, año 1970
* Decreto 999, Artículo(s) 1, Año 1988
* Decreto 2158, Artículo(s) 10, Año 1970
* Circular 06, Artículo(s), todos, Año 1997
* Decreto 624, Artículo(s) 381, Año 1989
- No tiene costo
- El registro debe realizarse en la Oficina del Sistema de Información y Atención al Usuario (SIAU), ubicado en el Hospital del Sur.
- Horario:
Lunes a jueves 07:00 am a 12:00 m y 02:00 pm a 06:00 pm
Viernes 07:00 am a 12:00 m y 02: 00 pm a 05: 00 pm
Viernes 07:00 am a 12:00 m y 02: 00 pm a 05: 00 pm
9. Obtención de certificado de defunción
- Pertenece al proceso Gestión de Urgencias / Servicios de Urgencias / Egreso Urgencias
- Normatividad que le aplica:
* Ley 100, Artículo(s), 173, Año 1993
* Decreto 1171, Artículo(s), todos, año 1997
* Resolución 1346, Artículo(s), todos, Año 1997
* Circular 0081, Artículo(s), todos, 2005
* CIRCULAR Nº 000064 de 2018
* Decreto 1171, Artículo(s), todos, año 1997
* Resolución 1346, Artículo(s), todos, Año 1997
* Circular 0081, Artículo(s), todos, 2005
* CIRCULAR Nº 000064 de 2018
- No tiene costo
- Para la obtención de este certificado, se debe tener en cuenta las siguientes condiciones:
-
Que se descarte muerte violenta, ya que se convierte en caso de atención por parte de la Policía Nacional y Medicina Legal.
- Personas fallecidas que no han consultado en la IPS Red Salud Armenia ESE, sin antencedentes de enfermedad previa y que fallecen súbitamente, para estos casos se requiere reconocer el cadaver y a consideración médica, se firmará o no el certificado. De no hacerse, se requirirá de evaluación del caso, por parte de Medicina Legal.
- Usuarios o pacientes que son consultantes habituales de Red Salud Armenia ESE y quienes presenten muerte súbita por una causa predecible o secundario al descenlace de una enfermedad conocida. Este certificado se diligencia en el servicio de Urgencias del Hospital del Sur o por el médico tratante en su respectivo Centro de Salud.
- Pacientes que ingresan al servicio de Urgencias por enfermedad general y que fallecen antes de 24 horas, el trámite es el correspondiente al de muerte violenta, y preferiblemente se le debe realizar autopsia clínica.
- Paciente que ingresa al servicio de Urgencias por enfermedad general y fallece posterior a las 24 horas, con un diagnóstico conocido, la elaboración de este certificado le corresponde al servcio de Urgencias.
- Horario:
Lunes a domingo en horario diurno preferiblemente.
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